TRATA LABORAL | Otorgan la administración provisoria de un predio rural a una víctima

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Una persona víctima de trata por explotación laboral obtuvo la autorización judicial provisoria para administrar el predio rural en el que era explotada a raíz de su situación de extrema vulnerabilidad y la imposibilidad de generar sustento alguno, ya que además tiene un hijo menor de edad a cargo, quien también era víctima del mismo delito, informó el Ministerio Público de la Defensa.

La intervención de Jaureguiberry comenzó cuando la mujer vivía únicamente con su hijo en el predio inspeccionado, sin poderlo trabajar, sin producir su propia alimentación ni tener fuente de sustento alguno.

La autorización otorgada por el juzgado federal 3 de Mar del Plata se otorgó tras la intervención de la defensora pública de víctimas de la provincia de Buenos Aires, Inés Jaureguiberry, en una causa en la que se investiga la captación, traslado y acogimiento de personas en situación de extrema vulnerabilidad -entre ellas, la mujer y su hijo – con fines de explotación laboral en un predio rural cuyos responsables se encuentran procesados.

El Ministerio Público de la Defensa indicó que el predio se encuentra preventivamente embargado por el juez federal interviniente, Santiago Inchausti.

Por esta razón, la defensora solicitó ante el Juzgado el dictado de una medida cautelar para que se autorizara a la mujer a administrar provisoriamente el predio con el fin de realizar la explotación productiva de la tierra y la consecuente comercialización en condiciones regulares de la producción obtenida.

El pedido se fundó en la situación apremiante de la víctima y la necesidad de asegurar su subsistencia y la de su familia.

Además la mujer había sido víctima de violencia de género por parte de su ex pareja que derivó en el reciente dictado de una medida de protección a su favor.

En su pedido, Jaureguiberry puntualizó que, de no adoptarse la medida, la víctima se vería obligada a tener que elegir entre abandonar el predio que le sirve de sustento material, o bien explotarlo en condiciones informales, lo cual la expondría al riesgo de posibles represalias, estigmatizaciones o la imposibilidad de comercializar en el mercado formal el producto de su trabajo por no contar con los requerimientos regulares del circuito de distribución.

Además, la defensora argumentó que “el dictado de la medida impediría la pérdida de valor productivo del predio y su deterioro material, lo cual podría ocurrir de verse la víctima forzada a abandonarlo para desarrollar tareas laborales en otro lugar”.

El juez Inchausti, al hacer lugar a la medida, designó como depositario judicial al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) “a los fines de preservar los bienes, garantizar que una eventual orden de decomiso pueda ser efectivamente ejecutada cuando adquiera firmeza y revertir la situación en la que se encuentran las víctimas del caso y que las hace especialmente vulnerables”. Info: Télam Imagen ilustrativa Arg.gob.ar